miércoles, 7 de febrero de 2007

Necesario crear Plan de Gobierno en San Miguel

Correo

Por: Carlos García. Miércoles, 07 de Febrero de 2007

No se debe trabajar por ocurrencias: ciudadanos

SAN MIGUEL DE ALLENDE

No deben existir gobiernos que trabajen por ocurrencias, por eso el alcalde de San Miguel de Allende debe crear el Plan de Gobierno para que exista una forma de evaluar las metas trazadas, consideró el presidente de Ciudadanos en Movimiento para el Desarrollo, Miguel Chávez Guzmán.
A tres días de que se cumpla el plazo que establece la Ley Orgánica Municipal (LOM) para que sea publicado el Plan de Gobierno, el presidente municipal Jesús Correa Ramírez aún no turna el documento al Ayuntamiento para su análisis y aprobación.
"No hay voluntad, por lo menos podemos hablar de las dos últimas administraciones donde no existió un Plan de Gobierno, para poder evaluar las acciones de gobierno esto, desde Óscar Arroyo y Luis Alberto Villarreal", recordó el ciudadano.
publicidadAhora los gobernantes ya atienden un poco las manifestaciones ciudadanas "y se han logrado cambiar decisiones del gobierno como el caso del edificio del caracol y ahora el Frente Amplio Cívico Sanmiguelense está pidiendo la revocación del acuerdo del incremento salarial del 45 por ciento a los ediles", comentó Chávez Guzmán.
No se puede gobernar por ocurrencia, las acciones gubernamentales deben estar consensadas con la población y planeadas, "el Plan de Gobierno debe abrir los espacios donde se recoja el sentir de la población en las demandas y necesidades que hay" dijo.
Agregó que el Plan de Gobierno debe estar basado en el Plan de Desarrollo y el último que se hizo fue en la administración 2000-2003 del ex alcalde Óscar Arroyo y fue aprobado por el Ayuntamiento pero no se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
LA LEY
De acuerdo con el Artículo 90 de la Ley Orgánica Municipal (LOM) el gobierno contará con los instrumentos de planeación como es el Plan de Desarrollo a 25 años, el plan de gobierno y los programas derivados de este último.
El Plan de Desarrollo debe tener las prioridades y objetivos para el desarrollo del municipio en un lapso de 25 años, debe ser actualizado y evaluado cada cinco años, el Plan de Gobierno contendrá los objetivos, metas y estrategias que sirvan de base para el trabajo de la administración y que asegure el cumplimiento del primer plan, marca la LOM.
El Artículo 92 de la Ley Orgánica Municipal menciona que el Plan de Gobierno deber ser "sometido a la aprobación del Ayuntamiento dentro de los primeros cuatro meses de su gestión; tendrá una vigencia de tres años y deberá ser actualizado anualmente".
Cuando los planes estén aprobados por el Cabildo "se publicarán en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado y en su caso, podrán ser publicados en el periódico de mayor circulación en el municipio", señala el Artículo 93.

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